Legislación



Las Comunas en la Constitución de la Ciudad

  • Se transcribe lo que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dice sobre las comunas.
Ley Orgánica de Comunas

  • La presente ley tiene por objeto establecer las normas de organización, competencia y funcionamiento de las Comunas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 127, siguientes y concordantes de la Constitución de la Ciudad.

Ley de transición a las Comunas

  • El Jefe de Gobierno convoca a elecciones de autoridades comunales en los términos del Artículo 20 de la Ley 1777 el día 5 de junio del año 2011, a los efectos de elegir los siete (7) miembros de las quince (15) Juntas Comunales.